Ramón Enrique Montero Meriño, preso político del 11J. Arte ICLEP
Por ICLEP
Apr 13, 2026 | 2:56 PM
Camagüey, Cuba — 13/04/2026. El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) denuncia públicamente un nuevo hecho represivo contra el preso político del 11 de julio Ramón Enrique Montero Meriño, recluido en la prisión de máxima seguridad Kilo 8, en Camagüey, donde permanece sin acceso a atención médica especializada pese al deterioro visible de su estado de salud.
De acuerdo con información difundida por Cubalex, Montero Meriño presenta una inflamación visible en la garganta, acompañada de dolor intenso, fiebre y dificultad para tragar. Aunque el médico del penal emitió desde el pasado 25 de marzo un “conduce” para su traslado a un hospital, con el fin de realizarle un ultrasonido ante la imposibilidad de determinar dentro del penal si se trata de un quiste o una tumoración, hasta la fecha las autoridades penitenciarias no han ejecutado dicho traslado y, además, la Seguridad del Estado lo ha amenazado con represalias si denuncia públicamente su situación.
Hechos documentados
Según la información publicada y documentada conforme a los criterios de monitoreo del Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP, el caso de Ramón Enrique Montero Meriño constituye una violación a la libertad de expresión, al haberse documentado amenazas y represalias dirigidas a impedir que denuncie públicamente su situación dentro del sistema penitenciario cubano.
El oficial de la policía política identificado como “Rafael” lo amenazó con no trasladarlo para recibir atención médica especializada y con volver a negarle el régimen de mínima severidad, beneficio penitenciario que le corresponde y que le ha sido negado durante dos años consecutivos, si hacía pública su situación, convirtiendo así el ejercicio de la denuncia en motivo de castigo.
Según la información recibida, esta amenaza estaría directamente vinculada a su decisión de visibilizar las condiciones en que permanece recluido y el deterioro de su estado de salud. Montero Meriño presenta inflamación visible en la garganta, dolor intenso, fiebre y dificultad para tragar. El médico del penal reconoció la falta de medios diagnósticos dentro del establecimiento penitenciario y emitió, el pasado 25 de marzo, un “conduce” para su traslado a un hospital con el fin de realizarle un ultrasonido; sin embargo, pese a esa indicación médica formal, las autoridades no han ejecutado el traslado.
La amenaza de mantenerlo bajo condiciones de mayor rigor penitenciario y de impedirle el acceso a atención médica por denunciar públicamente su situación configura un acto de coerción dirigido a silenciar a una persona privada de libertad mediante represalias estatales.
El uso de beneficios penitenciarios y de la atención sanitaria como mecanismos de castigo frente al ejercicio de la denuncia constituye, en este contexto, una forma de represión incompatible con el derecho a expresar, comunicar y hacer visibles violaciones de derechos dentro de prisión.
Este caso fue incorporado al sistema institucional del ICLEP mediante el proceso de observación y registro, seguido de análisis, clasificación, contrastación y verificación, conforme a la metodología de documentación de violaciones del Observatorio Cubano de Libertad de Expresión.
Clasificación metodológica del caso (Indicador ICLEP)
De acuerdo al sistema de clasificación del ICLEP, el hecho constituye una violación clasificada bajo los indicadores concurrentes:
Estas prácticas forman parte de un patrón sostenido de criminalización del derecho a denunciar abusos estatales y de represión contra personas privadas de libertad por motivos políticos en Cuba.
Marco constitucional e internacional vulnerado
El ICLEP recuerda que estos hechos contradicen derechos fundamentales reconocidos tanto en el orden constitucional cubano como en el marco internacional de los derechos humanos.
En el plano constitucional cubano, los hechos descritos resultan incompatibles, en primer término, con el artículo 40 de la Constitución de la República de Cuba, que consagra la dignidad humana como valor supremo del orden jurídico; con el artículo 46, que reconoce el derecho a la vida, a la integridad física y moral, y prohíbe la coacción y los tratos crueles, inhumanos o degradantes; y con el artículo 72, que reconoce el derecho a la salud y obliga al Estado a garantizar la atención médica, incluso —y con mayor razón— respecto de personas bajo su custodia. Asimismo, si la negativa de asistencia o las amenazas se emplean como represalia por denunciar o visibilizar la situación, también se vulnera el artículo 54, relativo a la libertad de expresión, así como el artículo 51, que protege el derecho de las personas a no ser sometidas a torturas ni tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.
Asimismo, la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su Artículo 19, consagra el derecho de toda persona a expresar, investigar, recibir y difundir informaciones e ideas sin ser molestada por ello. En este caso, la amenaza de represalias por denunciar abusos penitenciarios constituye una forma directa de represión contra el ejercicio legítimo de la libertad de expresión.
De igual forma, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su Artículo 19, establece que nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones y protege el derecho a la libertad de expresión, incluyendo la posibilidad de denunciar violaciones de derechos humanos. La amenaza de agravar las condiciones penitenciarias o impedir el acceso a atención médica como castigo por denunciar resulta incompatible con ese estándar.
Además, los artículos 7 y 10 del mismo instrumento prohíben los tratos crueles, inhumanos o degradantes y obligan a que toda persona privada de libertad sea tratada humanamente y con respeto a su dignidad. La negativa de asistencia médica frente a un cuadro de salud potencialmente grave, bajo custodia total del Estado, vulnera directamente esos principios.
Llamado del ICLEP
El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa exige el traslado inmediato de Ramón Enrique Montero Meriño a un centro hospitalario para la realización de los estudios diagnósticos y el tratamiento médico correspondiente, así como el cese inmediato de las amenazas y represalias en su contra por denunciar su situación dentro del sistema penitenciario cubano.
El ICLEP hace un llamado urgente a la comunidad internacional, a los mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a las relatorías especiales sobre libertad de expresión, tortura y personas privadas de libertad, así como a las organizaciones de protección de derechos humanos, para que:
La libertad de expresión también se viola en prisión cuando el régimen amenaza, castiga y pone en riesgo la vida de un preso político por denunciar los abusos que sufre.
Observatorio Cubano de Libertad de Expresión del ICLEP
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